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Lobbistas, se estudia un sistema 'ad hoc'

 

Una Leypara la transparencia del Lobby bajo los parámetros de la simplicidad y la eficiencia. Estosson los ingredientes del proyecto de ley presentado por la senadora del PartidoDemocrático, Maríapia Garavaglia. Eltexto, que está compuesto de sólo 4 artículos, nace con el objetivo defacilitar y disciplinar el acceso de los sujetos públicos y privados a laactividad legislativa, normativa, regulatoria y administrativa.

Estará, porlo tanto, permitido a cualquier individuo ser representado en sus relacionescon las instituciones públicas por personas u organizaciones que desarrollen demanera profesional, aunque no de forma exclusiva, actividades de "consultoría enrelaciones institucionales", como tal acreditadas con las modalidades indicadasabajo.

Se define atal efecto como "consultor en relaciones institucionales" a quien ejerce, porcuenta propia o en organizaciones con personalidad jurídica, bien sea de manerano exclusiva y temporal, una actividad profesional que procura favorecer eldialogo entre sujetos públicos y privados, y las instituciones públicas,destinadas a favorecer la comprensión y la correcta interpretación de lasnormas y de las disposiciones ya existentes o para la aprobación o elconocimiento de los objetivos y de los programas de la Administración Pública, o mirados a promover el conocimiento de lasinstituciones con la realidad de los sujetos representados y sus exigenciasparticulares.

Elprincipio base de la norma es la transparencia, en tanto que en la relacionescon las instituciones es obligatorio para los sujetos públicos y privadosutilizar los servicios de "consultores en relaciones institucionales" paradetallar en cada contrato las finalidades del encargo (o de los encargos solicitados),la indicación del nombre de la persona o los destinatarios a los que se lessolicita la ejecución.

Endefinitiva, para llegar a un sistema que garantice una mayor transparencia yverificabilidad, el artículo 4 prevé que los "consultores en relacionesinstitucionales" tengan la obligación de acreditarse antes las AdministracionesPúblicas, a través de la inscripción en el registro público correspondienteante la Presidenciadel Consejo de Ministros - departamento de prensa e información-, que se puedeconsultar on line, y que ofrece la posibilidad de inscribirse o cancelarla inscripción

Italia Oggi

 

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